Meta tiene tiempo hasta el 1 de septiembre de 2024 para responder a las preocupaciones planteadas por la Comisión Europea sobre su modelo publicitario de «pago o consentimiento» o las medidas de cumplimiento que entrañan riesgos, incluidas las sanciones. La Comisión Europea dijo que la Red de Cooperación para la Protección del Consumidor (CPC) ha notificado al gigante de las redes sociales que el modelo adoptado para Facebook e Instagram podría violar las leyes de protección del consumidor. Describió la nueva práctica como engañosa y confusa, y las autoridades expresaron su preocupación por la posibilidad de que los consumidores se hayan visto presionados a elegir rápidamente entre pagar una suscripción mensual o consentir que sus datos personales se utilicen para publicidad dirigida. Esto, dijo la agencia, podría haber estado motivado por temores de que «perderían instantáneamente el acceso a sus cuentas y su red de contactos». Meta, que introdujo un plan de suscripción para los usuarios de la Unión Europea (UE) a fines de 2023, se ha encontrado con problemas por ofrecer lo que esencialmente no es una opción en absoluto y por cobrar una «tarifa de privacidad» para ejercer sus derechos de protección de datos. Según la Ley de Mercados Digitales de la UE (DMA), las empresas que desempeñan funciones de guardianes de acceso deben solicitar el consentimiento expreso de los usuarios antes de utilizar sus datos para ofrecer servicios que vayan más allá de su funcionalidad principal (por ejemplo, publicidad) o proporcionar acceso a una versión menos personalizada pero equivalente de las plataformas para aquellos que se nieguen a optar por ello. «Los guardianes de acceso no pueden condicionar el uso del servicio o de determinadas funcionalidades al consentimiento de los usuarios», señaló la Comisión a principios de este mes, afirmando que el modelo de Meta infringe la DMA. La Comisión también criticó a Meta por utilizar términos vagos y calificar el servicio de «gratuito» cuando, en realidad, obliga a los consumidores a aceptar que sus datos se utilicen para anuncios personalizados, por no mencionar que hace que la experiencia sea confusa al obligarlos a «navegar por diferentes pantallas» para determinar cómo se utilizan y procesan sus datos con fines publicitarios. Meta, sin embargo, considera que la versión de pago es un modelo de negocio legítimo y ha señalado una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado mes de julio que establece que una empresa puede ofrecer una versión alternativa equivalente de su servicio «por una tarifa adecuada» que no dependa de la recopilación de datos para anuncios. Dicho esto, cabe señalar que la sentencia se refiere al contexto de los usuarios que se registran en los servicios de Meta, y no a los usuarios existentes (de ahí los problemas mencionados anteriormente asociados con los cambios en el modelo de consentimiento). Queda por ver si se puede interpretar como un precedente legal. «No se debe engañar a los consumidores haciéndoles creer que pagarán y no se les mostrará más publicidad, o que recibirán un servicio de forma gratuita, cuando, en cambio, aceptarán que la empresa utilice sus datos personales para obtener ingresos con anuncios», dijo Didier Reynders, Comisario de Justicia de la UE. «Los comerciantes deben informar a los consumidores por adelantado y de forma totalmente transparente sobre cómo utilizan sus datos personales. Se trata de un derecho fundamental que protegeremos». El desarrollo se produce días después de que la Comisión Federal de Competencia y Protección del Consumidor de Nigeria (FCCPC) multara a Meta con 220 millones de dólares después de que una investigación demostrara que el intercambio de datos de la empresa en Facebook y WhatsApp violaba las leyes locales de protección de datos, privacidad y consumo al recopilar información de los usuarios sin su consentimiento. «Las Meta Partes deberán detener de inmediato el proceso de compartir la información de los usuarios de WhatsApp con otras empresas de Facebook y terceros, hasta que los usuarios hayan consentido de forma activa y voluntaria a todos y cada uno de los componentes de las libertades que las Meta Partes pretenden ejercer con respecto a la información de los interesados», se lee en una orden final emitida la semana pasada. A principios de mayo, la junta de competencia turca impuso una multa de 37,20 millones de dólares contra el gigante tecnológico estadounidense por sus prácticas de intercambio de datos en Facebook, Instagram, Threads y WhatsApp. También sigue a un informe de que Oracle acordó pagar 115 millones de dólares para resolver una demanda colectiva en los EE. UU. que acusa a la empresa de software de base de datos y computación en la nube de violar la privacidad de los usuarios al recopilar su información personal y venderla a terceros. Google, por su parte, se ha convertido en el sujeto de una nueva investigación iniciada por la autoridad de protección de datos italiana sobre cómo obtiene el consentimiento de los usuarios antes de combinar datos personales de diferentes servicios y si proporciona información adecuada para influir en esa elección. «Google puede utilizar técnicas y métodos para solicitar el consentimiento, así como para establecer los mecanismos para obtenerlo, que podrían condicionar la libertad de elección del consumidor medio», afirma el Garante. «En efecto, el cliente se vería inducido a tomar una decisión comercial que de otro modo no habría tomado, al consentir la combinación y el uso cruzado de sus datos personales entre la pluralidad de servicios ofrecidos». ¿Te ha parecido interesante este artículo? Síguenos en Twitter  y LinkedIn para leer más contenidos exclusivos que publicamos.